RESIDUOS PELIGROSOS


Los residuos peligrosos son aquellos que presentan una o varias características peligrosas enumeradas en la NOM-052-SEMARANT-2005 También se consideran peligrosos los envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan contenido o sido contaminados con un residuos peligroso.

 

Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó. (LGEEPA)

Material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos y que puede ser susceptible de ser valorizado o requiere sujetarse a tratamiento o disposición final conforme a lo dispuesto en esta ley y demás ordenamientos que de ella deriven. (LGPGIR)

 

C

R

E

T

I

B


CRETIB son las siglas de cada una de estas características y un residuo es considerado como peligroso si presenta por lo menos una de ellas. 

En México los métodos para determinar las siglas CRTI están contenidas en la NOM-052-SEMARNAT-2005 y para la B está en la NOM-087-ECOL-SSA1-2002 

 

El generador del residuo peligroso debe:

  • Darse de alta como generador de residuos peligrosos.
  • Contratar empresas autorizadas para su recolección y transporte.

Por lo general son enviados a un centro de acopio de residuos peligrosos que tiene la función de un centro de transferencia entre el generador y el destino final. En este centro de acopio se clasifican y almacenan de acuerdo a sus características por un periodo menor a 6 meses. Antes de concluir este tiempo se deberán enviar a empresas autorizadas como destino final para su manejo adecuado.